Qué cambia con la Ley 21.659 de Seguridad Privada para la acreditación y evaluación psicológica del personal

La Ley 21.659, conocida como la Nueva Ley de Seguridad Privada, está vigente en Chile desde el 28 de noviembre de 2025. A mediados de 2026, buena parte de las empresas del rubro todavía está ajustando sus procesos a las nuevas exigencias, así que vale la pena aclarar qué cambia realmente y qué se mantiene igual.
Lo que cambia es la estructura administrativa del sistema completo. La Subsecretaría de Prevención del Delito (SPD) pasa a ser el órgano rector: autoriza a las empresas, aprueba los estudios de seguridad, administra el Registro de Seguridad Privada y sanciona las infracciones. Carabineros de Chile mantiene su rol como autoridad fiscalizadora a través del departamento OS10. Todo el trámite se traslada progresivamente a una Plataforma SPD digital, que centraliza autorizaciones, procedimientos y registros que antes se manejaban de forma más dispersa.
Lo que no cambia: la exigencia psicológica de fondo
Aquí está el punto que más se presta a confusión. La obligación de tener condiciones psíquicas compatibles con el cargo, con énfasis específico en el control de impulsos, no nace con esta ley nueva. Viene del Decreto 867 de 2018, y la Ley 21.659 no lo reemplaza ni lo modifica en ese punto. Lo que cambia es dónde y cómo se tramita y registra ese certificado, no la exigencia clínica en sí misma.
En otras palabras, si ya sabes que necesitas tu evaluación de control de impulsos para acreditarte o renovar tu credencial, esa parte del proceso sigue funcionando bajo el mismo criterio de siempre. Lo nuevo es el sistema administrativo por el que ese documento circula y se valida.
Por qué conviene estar al tanto igual
La digitalización del proceso a través de la Plataforma SPD probablemente signifique menos dependencia de trámites presenciales en comisarías y más trazabilidad de las credenciales vigentes. Para quienes coordinan personal de seguridad, esto puede simplificar el seguimiento de vencimientos y renovaciones a mediano plazo, aunque la etapa de transición todavía genera dudas mientras el sistema se termina de implementar completamente.
Mientras la plataforma se estabiliza, lo más seguro es seguir gestionando la evaluación psicológica con la misma anticipación de siempre, sin asumir que algún paso del trámite cambió hasta confirmarlo directamente con la Autoridad Fiscalizadora o con la plataforma vigente.

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